Modelos fiscales
MODELO FISCAL

Modelo 653: Consolidación de Dominio

El Modelo 653 es la autoliquidación complementaria que el nudo propietario debe presentar cuando se extingue el usufructo y consolida el pleno dominio sobre los bienes heredados. Es el cierre fiscal de una sucesión con desmembramiento del dominio.

Normativa: Art. 26.c) LISD + Art. 51.2 RISD
DEFINICIÓN

¿Qué es el Modelo 653?

Denominación oficial
Autoliquidación del ISD — Consolidación de dominio
Base legal estatal
Art. 26.c) Ley 29/1987 (LISD) + Art. 51.2 RD 1629/1991 (RISD)
Hecho imponible
Extinción del usufructo y consolidación del pleno dominio en el nudo propietario
Sujeto pasivo
Nudo propietario que consolida el pleno dominio
Plazo
6 meses desde la extinción del usufructo
Administración competente
CA donde se presentó el Modelo 650 original
Modelo previo
Modelo 650 (autoliquidación por nuda propiedad)
SUPUESTOS

¿Cuándo se extingue el usufructo?

Fallecimiento del usufructuario

La causa más habitual. El usufructo del cónyuge viudo se extingue con su fallecimiento y los hijos nudos propietarios consolidan el pleno dominio.

Renuncia del usufructuario

Acto jurídico voluntario formalizado en escritura pública. La consolidación se produce en el momento de la renuncia.

Vencimiento del plazo o cumplimiento de condición

Si el usufructo fue constituido por tiempo determinado o condición, la consolidación opera al cumplirse el término o condición.

CÁLCULO

La cuota complementaria del Modelo 653

El cálculo del Modelo 653 se basa en determinar la diferencia entre lo que correspondería tributar por el pleno dominio en el momento original del fallecimiento y lo ya ingresado por la nuda propiedad. Esta cuota complementaria representa el valor fiscal del usufructo que se extingue.

Paso 1
Calcular la cuota del pleno dominio aplicando las normas vigentes en el momento del desmembramiento original (fallecimiento del primer causante).
Paso 2
Restar la cuota ya ingresada por la nuda propiedad en el Modelo 650 original. La diferencia es la cuota complementaria a ingresar.

Con Ulpiano

Ulpiano permite simular la consolidación del dominio antes de que se produzca la extinción del usufructo. Calcula la cuota complementaria prospectivamente, permitiendo al profesional planificar la carga fiscal total desde la constitución del usufructo y comparar escenarios sucesorios.

  • Simulación prospectiva: calcula el Modelo 653 antes de que se extinga el usufructo.
  • Comparación de escenarios: evalúa distintas causas de extinción (fallecimiento, renuncia, vencimiento) y su impacto fiscal.
  • Integración con el Modelo 650: conecta la nuda propiedad original con la consolidación posterior.
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FAQ

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 653

La obligación nace cuando se extingue el usufructo que fue constituido en la sucesión. La causa más habitual es el fallecimiento del usufructuario (cónyuge viudo). El plazo es de 6 meses desde la fecha de extinción, igual que en el Modelo 650.

Se calcula la cuota que correspondería al pleno dominio del bien aplicando las normas vigentes en el momento de la desmembración original (fallecimiento del primer causante), y se resta la cuota que ya se ingresó por la nuda propiedad en el Modelo 650. La diferencia es la cuota complementaria.

Se aplican las normas y tipos vigentes en el momento del desmembramiento original (el fallecimiento que generó el Modelo 650), no las del momento de la consolidación. Sin embargo, la edad del usufructuario en el momento de la extinción puede afectar al cálculo de la valoración del usufructo.

La presentación del Modelo 653 puede revelar inconsistencias con la autoliquidación original. Si la nuda propiedad no se liquidó correctamente, la Administración puede regularizar ambas liquidaciones. Es recomendable revisar el expediente original antes de presentar el 653.

Sí. Ulpiano permite ejecutar una simulación prospectiva: calcula la cuota complementaria que deberá pagar el nudo propietario cuando se produzca la consolidación, antes de que ocurra. Esto permite al profesional planificar la carga fiscal total de la operación sucesoria desde el inicio.

El coste fiscal del usufructo, calculado antes de constituirlo.

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